
Devolución del 10% por compras en comercios alcanzados, Las devoluciones tendrán un tope máximo de $2.000 por mes y beneficiario.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la Resolución General Nº 5330/2023, reglamentó un régimen de reintegro a consumidores finales, hasta el 31 de diciembre 2023, del 10% de las compras que realicen con tarjetas de débito o con débito en cuenta mediante la utilización de códigos QR, en los comercios adheridos al “Registro de carnicerías”.
El reintegro se efectuará mediante la entidad bancaria o el prestador de servicios de pago interviniente, dentro de las 96 horas de realizada la compra, detallando en el resumen de cuenta, cada acreditación para que el usuario pueda visualizarlo.
Registro de carnicerías
Formarán parte del programa de reintegro, los comercios que se encuentren incluidos en este registro, para lo que se deberán cumplir con los siguientes requisitos:
– Poseer CUIT en estado activo. Podés conocer los estados de la CUIT y los procedimientos para modificarlos en este micrositio.
– Poseer domicilio fiscal electrónico constituido. Consultá cómo realizar el procedimiento en esta guía paso a paso.
– Haber declarado como actividad económica:
- 472130 – Venta al por menor de carnes rojas, menudencias y chacinados frescos, o
- 471130 – Venta al por menor en minimercados.
– En el caso de ser monotributista, contar con hasta 3 empleados al 1 de marzo de 2023.
– En el caso de ser responsable inscripto en IVA, contar con “Certificado MiPyME” vigente.
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